Desde el 25 de mayo se permiten las obras de reforma en edificios habitados. Con las adecuadas medidas de higiene y distancia de seguridad. El sector de la carpintería de madera está habituado a las medidas de protección.
Mediante la Orden Ministerial SND 440 publicada en el BOE el pasado 23 de mayo, se permiten las obras a partir del día 25 de mayo de 2020 en edificios habitados, garantizando en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad.
En concreto en dicha Orden Ministerial se introduce una nueva disposición adicional quinta con la siguiente redacción: «Disposición adicional quinta. Condiciones para el desarrollo de actividades relacionadas con obras de intervención en edificios.
- Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
- En la realización de las obras a que se refiere el apartado anterior se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad entre personas de dos metros.»
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